De acuerdo a la ley, ni tu familia ni tu pareja tienen permitido revisar tus mensajes enviados por correo electrónico, al teléfono celular o a cualquier otra forma de comunicación, sin tu consentimiento. Estas medidas incluyen el correo tradicional.
El fallo fue dado a conocer, luego de que una mujer denunciara que su esposo había ingresado, sin su consentimiento, a su correo electrónico con el fin de imprimir varios mensajes que “resultaban suficientes para acreditar la causal de divorcio consistente en las injurias graves de un cónyuge para el otro, que hagan difícil la vida en común”.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, detalló:
“En definitiva, todas las formas existentes de comunicación y aquellas que sean fruto de la evolución tecnológica, deben quedar protegidas por el derecho fundamental a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas.”La SCJN también dijo que “la intimidad” es un derecho fundamental de cada individuo y el contraer matrimonio no implica de ninguna manera la renuncia a estos derechos “ni en su dignidad, por lo que la protección del secreto a las comunicaciones privadas se mantiene incólume aún en este escenario”.
“En cualquier caso, y a los efectos que nos ocupan, el hecho de divulgar sin la autorización de sus autores, cientos de correos electrónicos que relatan una relación sentimental de dos personas, y ofrecerlos como prueba en juicio, vulnera de forma flagrante el derecho a la intimidad.”