En sesión ordinaria el pleno de la LXI Legislatura aprobó por mayoría, con 21 votos a favor y 2 en contra, reformar la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado de San Luis Potosí para autorizar únicamente a los restaurantes y restaurantes bar (cuya actividad preponderante sea la transformación y venta de alimentos) que vendan, suministren o en su caso permitan el consumo de bebidas alcohólicas dentro de los límites de 11:00 a 2:00 horas del día siguiente, una hora más de lo que se establecía.
Con esta reforma se busca incentivar el crecimiento de la industria restaurantera para ofrecer servicios de calidad mundial de acuerdo a un mercado creciente y al dinamismo de la región centro-bajío que permitirá un crecimiento ordenado y sostenido.
En el dictamen aprobado se señala que el artículo 27 de la Ley de Bebidas Alcohólicas del Estado contemplaba en su fracción VI que los restaurantes y restaurantes-bar podían vender o suministrar y en su caso permitir el consumo de bebidas alcohólicas dentro de los límites de 11:00 a 1:00 horas del día siguiente, lo cual resultaba insuficiente para atender de manera adecuada el creciente turismo de negocios y congresos, por ello se amplía el horario únicamente para restaurantes, y restaurante bar, una hora, para quedar a las 2:00 horas la venta o suministro de bebidas alcohólicas, horario coherente y acorde a los nuevos tiempos que permitirá incrementar la derrama económica que genera este sector, así como el ingreso del gran número de trabajadores que en estos laboran.
Se agrega que la limitación de horario de funcionamiento sí es una medida que puede generar un impacto económico considerable sobre los restaurantes y los restaurantes-bar, ya que les infiere directamente debido a que dicha restricción afecta el horario en que el establecimiento puede desarrollar su negocio. Además, restricción al horario de funcionamiento no es una medida idónea para proteger la seguridad pública, la vida y la seguridad de los trabajadores de estos establecimientos, ya que éstas son tareas que le corresponden a la policía y las autoridades en materia de protección civil.
Problemas como el de peleas callejeras entre personas alcoholizadas o la conducción de vehículos por personas en estado de ebriedad no se solucionan con la restricción de horarios, ya que con ésta sólo se traslada el horario de dichos eventos puesto que tal medida no evita que las personas beban menos como si lo puede hacer una adecuada vigilancia por parte de los cuerpos de policía.
En los últimos años la industria restaurantera ha realizado importantes esfuerzos en mejorar su infraestructura, así como para obtener distintivos como el “H” para un manejo higiénico de los alimentos y bebidas en cumplimiento con los estándares de higiene, o el distintivo “M” para el mejoramiento de la calidad y adopción de mejores prácticas. En este sentido, y en conjunto con las grandes empresas cerveceras y vinícolas, ha capacitado a su personal para fomentar un consumo razonable y moderado de alcohol entre sus clientes.
Un horario restringido podría fomentar lugares en donde se suministra o vende alcohol clandestinamente, sin permisos y medidas de seguridad adecuadas, con lo que se corre el riesgo de aumentar la discrecionalidad con la que actúan las instancias gubernamentales en la materia, sostiene el dictamen.
Durante su intervención en la Tribuna Legislativa, algunos diputados coincidieron en que con esta reforma se evitarían actos de corrupción de las autoridades que permiten que establecimientos vendan bebidas alcohólicas fuera de los horarios permitidos.
Además, los diputados se pronunciaron a favor de que las autoridades correspondientes difundan programas de prevención respecto a las personas que consumen bebidas alcohólicas en este tipo de establecimientos.