“En caso de que el Servicio de Telecomunicaciones no se preste o proporcione en la forma y términos convenidos o implícitos en la publicidad, por causas imputables al Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones, este debe compensar al Consumidor la parte proporcional del precio del Servicio de Telecomunicaciones que se dejó de prestar, y como bonificación, al menos el 20% del monto del periodo de afectación en la prestación del Servicio de Telecomunicaciones contratado.”Ricardo Sheffield Padilla, titular de Profeco, asegura que con cada una de las afectaciones en el servicio, las operadoras en México tendrán que compensar a sus usuarios. Esto, mediante una conciliación con el organismo o que el mismo proveedor tome la iniciativa al ya conocer la nueva norma, la cual entró en vigor desde el pasado 4 de septiembre.
También mencionó que la renovación de la NOM será una manera de forzar a las empresas a dar un mejor servicio a sus usuarios. Además que en algunas zonas donde el servicio falla constantemente, pero más por la falta de infraestructura, sin duda será difícil la situación, pero esto ya dependerá de las compañías para que inviertan y las afectaciones tengan una menor frecuencia.
En el último reporte del IFT, AT&T está posicionado con la mitad de las quejas en los servicios de telecomunicaciones, así que es uno de los principales operadores que deberá realizar cambios significativos en sus operaciones si no quiere verse afectado por la nueva norma.